Impuesto predial Bogotá en línea

Cómo pagar el impuesto predial de Bogotá en línea?

Para pagar el impuesto predial de Bogotá en línea deberá registrarse en la oficina virtual de la secretaria de hacienda ingresando a nuevaoficinavirtual.shd.gov.co y seguir los siguientes pasos:

  • Valide información de tipo y número documento de identidad
  • Diligencie las preguntas de verificación de identidad
  • Ingresar usuario y contraseña
  • Gestione buzón tributario
  • Recibirá un mensaje, click en continuar e ingrese a su correo electrónico
  • En el correo active su cuenta

Cuál es la fecha de pago oportuno del impuesto predial?

La fecha de pago oportuno del impuesto predial en Bogotá es hasta el 26 de abril con descuento por pronto pago y sin descuento hasta el 14 de junio, recuerde que realizar el pago de manera oportuna para evitar el pago de intereses de mora.

Cómo realizar pago del predial de años anteriores?

Para pagar el impuesto predial en Bogotá de años anteriores lo puede pagar de forma presencial asistiendo a un súper cade o virtual ingresando a nuevaoficinavirtual.shd.gov.co y en la pestaña consultas seleccione obligaciones pendientes e impuesto predial, allí puede descargar su recibo y realizar el pago en línea.

Es posible pagar el impuesto por cuotas?

Este 2024 es posible realizar el pago del impuesto predial en Bogotá mediante cuotas, para ello se debe presentar la declaración del predial en la oficina virtual antes del 10 de mayo y así obtener los cupones de pago para realizar el aporte dentro de las fechas establecidas cada dos meses de está forma:

Primera cuota junio 7 de 2024

Segunda cuota agosto 9 de 2024

Tercera cuota octubre 4 de 2024

Cuarta cuota diciembre 6 de 2024

Qué diferencia existe entre excluido y exento de pago?

El Impuesto predial en Bogotá presenta dos variables en su pago, un predio excluido es aquel que no tiene ninguna obligación de pago porque es de un valor inferior a 16 salarios mínimos o porque es un predio de uso público; y un predio exento es aquel en el que su tenedor tiene la obligación de presentar la declaración de impuesto pagando un porcentaje o un valor mínimo.

Qué predios son excluidos de pago de predial?

Si, algunos predios se encuentran excluidos de pago de impuesto predial como los siguientes:

  • Casas y apartamentos estrato 1 y 2 con avalúo inferior a 16 salarios mínimos
  • Salones comunales
  • Tumbas funerarias
  • Predios de la iglesia católica y de otras religiones reconocidas por el Estado
  • Parques naturales o públicos
  • Instalaciones militares

Que predios son exentos de pago de predial?

Los predios exentos de pago de impuesto predial son los siguientes:

  • Predios afectados por actos terroristas o catástrofe natural
  • Predios declarados como monumentos nacionales
  • Predios de interés cultural
  • Predios propiedad de víctimas de secuestro