Etiqueta: Impuestos

Cómo calcular el dígito de verificación de la DIAN

Dónde consultar el dígito de verificación de la DIAN?

Consultar el dígito de verificación DIAN, es posible ingresando a la página diancolombia.info siguiendo los siguientes pasos:

  • Click en calcular dígito
  • En la pestaña consultar digito ingrese número de cédula o Nit
  • Click en calcular dígito de verificación

Una vez realiza estos pasos en el recuadro aparece su dígito de verificación DIAN.

Existe una formula para calcular el dígito de verificación?

Si, existe una formula con la cual es posible hallar el dígito de verificación, esta es un poco larga pero es exacta y le dará el mismo número que se halla con la aplicación que tiene disponible la Dian.

Para realizar este calculo realice los siguientes pasos:

  • Escriba el número de cédula o Nit del cual quiere hallar el dígito
  • Sume los números de izquierda a derecha que se encuentran en posición impar
  • Multiplique el resultado de esta suma por 3
  • Sume los números de izquierda a derecha en posición par
  • Sume el resultado de la multiplicación con la suma de los números en posición par
  • Obtenido el resultado se redondea a la decena siguiente
  • El número que use para redondear la decena es el dígito de verificación

Ejemplo: Tenemos un documento con el siguiente número 24582756

  • Sumamos los números 2 + 5 + 2 + 5 = 14
  • Multiplicamos 14 x 3 = 42
  • Sumamos los números 4 + 8 + 7 + 6 = 25
  • Sumamos los resultados 42 + 25 = 67
  • La decena siguiente es 70, el número que usamos para acercar a la decena siguiente es 3
  • El dígito de verfiicación es 3

Para qué sirve el dígito de verificación?

El dígito de verificación tiene como objetivo permitir que los contribuyentes obligados a declarar conozcan el día en el cual deben cancelar sus obligaciones tributarias ya que este número va del 1 al 9.

Para qué sirve el NIT?

En Colombia el NIT y su respectivo digíto de verificación se usa para los siguientes fines comerciales:

  • Se usa como documento de identificación para trámites tributarios
  • Consulta de información de empresas
  • Realizar transacciones comerciales
  • Realizar el pago de obligaciones tributarias

Impuesto predial Bogotá en línea

Cómo pagar el impuesto predial de Bogotá en línea?

Para pagar el impuesto predial de Bogotá en línea deberá registrarse en la oficina virtual de la secretaria de hacienda ingresando a nuevaoficinavirtual.shd.gov.co y seguir los siguientes pasos:

  • Valide información de tipo y número documento de identidad
  • Diligencie las preguntas de verificación de identidad
  • Ingresar usuario y contraseña
  • Gestione buzón tributario
  • Recibirá un mensaje, click en continuar e ingrese a su correo electrónico
  • En el correo active su cuenta

Cuál es la fecha de pago oportuno del impuesto predial?

La fecha de pago oportuno del impuesto predial en Bogotá es hasta el 26 de abril con descuento por pronto pago y sin descuento hasta el 14 de junio, recuerde que realizar el pago de manera oportuna para evitar el pago de intereses de mora.

Cómo realizar pago del predial de años anteriores?

Para pagar el impuesto predial en Bogotá de años anteriores lo puede pagar de forma presencial asistiendo a un súper cade o virtual ingresando a nuevaoficinavirtual.shd.gov.co y en la pestaña consultas seleccione obligaciones pendientes e impuesto predial, allí puede descargar su recibo y realizar el pago en línea.

Es posible pagar el impuesto por cuotas?

Este 2024 es posible realizar el pago del impuesto predial en Bogotá mediante cuotas, para ello se debe presentar la declaración del predial en la oficina virtual antes del 10 de mayo y así obtener los cupones de pago para realizar el aporte dentro de las fechas establecidas cada dos meses de está forma:

Primera cuota junio 7 de 2024

Segunda cuota agosto 9 de 2024

Tercera cuota octubre 4 de 2024

Cuarta cuota diciembre 6 de 2024

Qué diferencia existe entre excluido y exento de pago?

El Impuesto predial en Bogotá presenta dos variables en su pago, un predio excluido es aquel que no tiene ninguna obligación de pago porque es de un valor inferior a 16 salarios mínimos o porque es un predio de uso público; y un predio exento es aquel en el que su tenedor tiene la obligación de presentar la declaración de impuesto pagando un porcentaje o un valor mínimo.

Qué predios son excluidos de pago de predial?

Si, algunos predios se encuentran excluidos de pago de impuesto predial como los siguientes:

  • Casas y apartamentos estrato 1 y 2 con avalúo inferior a 16 salarios mínimos
  • Salones comunales
  • Tumbas funerarias
  • Predios de la iglesia católica y de otras religiones reconocidas por el Estado
  • Parques naturales o públicos
  • Instalaciones militares

Que predios son exentos de pago de predial?

Los predios exentos de pago de impuesto predial son los siguientes:

  • Predios afectados por actos terroristas o catástrofe natural
  • Predios declarados como monumentos nacionales
  • Predios de interés cultural
  • Predios propiedad de víctimas de secuestro

Remates judiciales DIAN, requisitos para participar

Cuales son los requisitos para participar en los remates judiciales DIAN?

Los requisitos para participar en loa remates judiciales de la DIAN son muy sencillos:

  • Se debe realizar deposito del 40% sobre el avaluó del bien a rematar en el Banco Agrario de Colombia.
  • Hacer oferta 5 días antes de la fecha de audiencia de remate.
  • El valor de la oferta de remate no podrá ser inferior al 70% del valor del avaluo.

Qué es un remate judicial DIAN?

El remate judicial es una opción para comprar bienes muebles e inmuebles mediante subasta pública por un valor mas bajo del presente en el mercado, en estas subastas el bien es adjudicado a quien ofrezca la mayor cantidad de dinero.

Cómo encontrar los remates judiciales DIAN?

Para encontrar los bienes muebles e inmuebles que actualmente se encuentran en remate en Colombia debe ingresar a la página https://rematesvirtuales.dian.gov.co, allí podrá buscar los bienes en remate por categorías y precios, así mismo los bienes de remate son publicados en un diario de circulación nacional los días domingos con 10 días de antelación a la fecha de remate.

Existe algún reglamento para las diligencias de remates judiciales DIAN?

Los remates judiciales de la DIAN se encuentran reglamentados por el Estatuto Tributario, Título VIII, artçiulo 823 en adelante y por el Código General del Proceso, Capítulo III artículo 448.

Qué es ser postor?

El postor es aquella persona que ofrece dinero por un bien mueble o inmueble dentro de una puja de subasta por lo general de carácter público.

Qué requisitos existen para ser postor?

Para ser postor dentro de una subasta de remate judicial de la DIAN debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en el RUT como responsable de impuesto de renta
  • Inscribirse en el RUT como postor para remates
  • Tener firma electrónica registrada ante la DIAN
  • Tener correo electrónico
  • Ser representante legal o apoderado para licitar en el proceso de remate judicial

Que sucede si mi oferta de remate judicial no es aceptada?

Una vez terminada la subasta de remate judicial se ordena la devolución del déposito judicial, para lo cual la DIAN tiene vigencia de 30 días para la entrega del déposito al ofertante.

Qué hacer si me es adjudicado el bien de remate?

Se debe acreditar el pago del saldo del valor total dentro de los 5 días siguientes a la subasta y tambien se deberá hacer pago ante la DIAN de los impuestos a cargo del bien mueble o inmueble adjudicado.

Qué sucede si no se consigna el saldo de remate?

Si despues de pasado el plazo de 5 días el ofertante no ha realizado el pago del saldo de remate la DIAN improbará mediante auto la diligencia de remate y se decretara mediante titulo la multa por un valor de la mitad del total de la suma depositada y se llamara nuevamente a remate a nuevos ofertantes.

Devolución del IVA Colombia

¿Cuáles son los requisitos y pasos para pedir la devolución del IVA?

Debe cumplir con algunos de los siguientes requisitos y pasos para pedir la devolución del IVA :

  • Estar inscrito en el Sisben
  • Pertenecer al programa de familias en acción
  • Pertenecer al programa de protección social al adulto mayor

Si cumple con algunos de los requisitos anteriormente mencionados deberá ingresar a la página devolucioniva.prosperidadsocial.gov.co y click en la opción “consulta de beneficiarios”, una vez allí se abrirá una nueva ventana donde deberá ingresar su numero de cédula y se obtiene la información de consulta.

En caso de ser beneficiario y estar inscrito en algunos de los programas mencionados anteriormente el giro está programado en el municipio en el cual se encuentra registrado.

¿Qué es la devolución del IVA?

La devolución del IVA es una compensación económica del Gobierno Nacional para los hogares con menores ingresos de manera tal que aliviane el impacto del impuesto en el consumo de productos de dichos consumidores.

¿Cuánto es el monto de la devolución del IVA?

La devolución del IVA es por un valor de $80.000 y fue pago cada dos meses en todo el territorio nacional hasta el mes de febrero de 2023; siempre y cuando el hogar cumpliera con los requisitos y pasos establecidos para la devolución.

¿Cuáles son los estados de los hogares dentro del programa devolución del IVA?

Los hogares Colombianos se encuentran clasificados dentro del programa devolución del IVA en cuatro estados que son y significan lo siguiente:

  • Registrado: Es un hogar seleccionado para ser beneficiado del programa devolución del IVA
  • Beneficiario: Es un hogar que cumple con las condiciones y recibirá el beneficio del programa
  • No Elegible: Es un hogar registrado dentro del programa pero incurre en algunas de las condiciones del programa para recibir el beneficio
  • No Vigente: Es un hogar retirado del programa por alguna causal

Si usted o su hogar no se encuentran registrados es porque no ha sido clasificado como un hogar potencial beneficiario ya que no cumple con algunos de los requisitos.

¿Si pertenezco al programa familias en acción me hacen devolución del IVA?

No, el programa familias en acción es independiente del programa de devolución del IVA, no todos los hogares son beneficiarios del doble subsidio y solo aquellos hogares catalogados dentro de pobreza extrema tienen esta posibilidad.

¿Cuáles son las fechas de pago para la devolución del IVA?

El pago de devolución de IVA se realizo hasta el 10 de enero de 2023 y la entrega fue en la entidad Supergiros y su red aliada.

Pagar en línea el impuesto de vehículo en Bogotá

¿Cómo se hace el pago del impuesto vehicular en Bogotá?

Para realizar en Bogotá el pago del impuesto de vehículos debe ingresar a la página de la secretaria de hacienda www.shd.gov.co y seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la oficina virtual
  2. Ingresar a la opción Consultas / Obligaciones pendientes
  3. Descargar el recibo oficial de pago

¿Cómo me registro y liquido el impuesto vehicular?

Para registrarse y realizar la liquidación del impuesto vehicular siga las siguientes instrucciones:

  • Ingresa a la página www.haciendabogota.gov.co
  • Click en Oficina virtual
  • Click en Registro nueva oficina virtual
  • Seleccionar el tipo de documento
  • Diligencia los datos
  • Click en buscar
  • Elegir la opción Continuar
  • Responder las preguntas de validación y click en enviar
  • Registra usuario y contraseña

Una vez realizados estos pasos el sistema le envía un mensaje al correo electrónico registrado para activar la cuenta.

¿Dónde puedo realizar el pago del impuesto de vehículos?

Usted puede realizar el pago del impuesto vehicular en Bogotá a través de la oficina virtual de la Secretaria de Hacienda, en las entidades bancarias autorizadas, en los cajeros electrónicos y corresponsales bancarios.

¿Cuáles son las tarifas para el pago del impuesto de vehículos en Bogotá?

La tarifa para el pago de impuesto vehicular en Bogotá y en todo el territorio nacional es regulado anualmente por el Ministerio de Hacienda según el valor comercial. Los valores los puede encontrar en el Decreto 1739 del 16 de diciembre de 2021.

¿Cómo puedo pagar el impuesto vehicular de años anteriores?

Para realizar el pago del impuesto vehicular de años anteriores debe ingresar a la Oficina Virtual e ingresar con usuario y contraseña, en la barra Consultas seleccione la opción Obligaciones Pendientes, click en la opción impuesto de vehículos, una vez allí aparece el valor a pagar y la opción para descargar el recibo o pagar en línea.

¿Puedo pagar el impuesto vehicular parcial?

El impuesto vehicular no se puedo pagar de manera parcial o realizar acuerdos de pago, es decir que en el momento que se declara el pago se debe realizar de manera inmediata ya que de lo contrario se dará por no presentada.

¿Qué clase de vehículos no pagan el impuesto?

Los vehículos que no pagan el impuesto vehicular son los siguientes:

  • Bicicletas, motonetas y motocicletas hasta de 125 cm de cilindraje
  • Tractores para trabajo agrícola y trilladoras
  • Tractores sobre oruga, maquinaria similar de construcción
  • Vehículos y maquinaria de uso industrial
  • Vehículos de transporte urbano
  • Vehículos que entran en circulación por primera vez

¿Cómo obtener el certificado de pago en la oficina virtual?

Para obtener el certificado de pago de su impuesto vehicular siga los siguientes pasos:

  • Ingresa a www.haciendabogota.gov.co
  • Ingresa a la opción contribuyente
  • Seleccione Consultas
  • Elija Certificaciones de pago
  • Seleccione el impuesto y año de pago
  • Click en la opción generar
  • Click en imprimir

Consultar el NIT de una empresa online

¿Dónde puedo consultar el NIT de una empresa?

Para consultar el NIT de una empresa online podrá realizar su consulta mediante dos rutas de búsqueda; en la primer opción deberá ingresar a la página www.dian.gov.co y seguir los siguientes pasos:

  • Click en la opción tramites y servicios
  • Click en tramites tributarios
  • Click en RUT y encuentre aquí
  • Click en Consultas
  • Click en Consulta del estado del Registro Unico Tributario
  • Click en realizar tramite
  • Digite número de NIT sin digito de verificación
  • Click en Buscar

Como segunda ruta de busqueda en la misma página de la Dian www.dian.gov.co siga los siguientes pasos:

  • Click en tramites y servicios
  • Click en Consulta estado de RUT
  • Ingrese número NIT sin digito de verificación
  • Click en buscar

Una vez realizada la consulta aparece los datos de confirmación si la empresa o persona natural se encuentra activa en el sistema.

¿Qué pasa si el NIT no se encuentra registrado?

Si después de realizar la consulta verifica que el NIT consultado no se encuentra registrado es porque la persona natural o jurídica no cumplió con la obligación de inscripción el RUT dentro de los plazos estipulados en el Decreto 2788 de agosto de 2004, estos NIT no pueden realizar ninguna actividad tributaria hasta tanto no se cumpla con esta obligación de Ley.

¿Qué requisitos se necesitan para solicitar el NIT?

Para solicitar la expedición del NIT por primera vez debe tener en cuenta si es una persona natural o juridica y cumplir con la siguiente documentación:

PERSONA NATURAL

  • Formulario del Registro Unico Tributario RUT
  • Original y fotocopia del documento de identidad

PERSONA JURIDICA

  • Carta de responsabilidades persona juridica
  • Original y copia del documento de identidad

En caso de realizar estos tramites mediante apoderado deberá presentar documento de identificación original y copia del apoderado y poder de representación en original y copia.

Descargar copia del RUT de la DIAN por internet

¿Cómo sacar copia del RUT por internet?

Para obtener una copia del RUT existen dos rutas de acceso.

Acceso en la opción Carpeta Ciudadana del portal de gobierno

  1. Ingresa a la página www.gov.co
  2. Click en ingresar a Carpeta Ciudadana
  3. Click en Registrate
  4. Diligencia todos los campos requeridos
  5. Crea una contraseña

Una vez realizados estos pasos al correo registrado en la información llega una notificación para activar el servicio y podrá acceder al tramite RUT y descargar la copia de este documento.

Directamente en la página de la DIAN

La segunda ruta para obtener la copia del RUT es la siguiente:

  1. Acceder a la página muisca.dian.gov.co
  2. Crea una cuenta suministrando los datos solicitados
  3. Crea una contraseña
  4. Click en ingresar
  5. Click en Obtener copia RUT
  6. Descargar copia del documento.

¿Qué es el RUT?

Es el Registro Único Tributario, es un número de identificación asignado por la DIAN con el cual es posible identificar, ubicar y clasificar a los sujetos naturales o jurídicos con obligaciones administradas por la DIAN.

¿Cómo puedo consultar el RUT?

Para consultar el RUT debe realizar los sigueintes pasos:

  1. Ingresar a la página muisca.dian.gov.co
  2. Click en la opción Tramites y servicios
  3. Click en Tramites tributarios
  4. Click en la opción Consultas
  5. Click en Consulta Registro Único Tributario
  6. Click en Ingresar

¿Cómo actualizo el RUT de la DIAN?

Lo primero que debe saber es que la actualización del RUT es un tramite gratuito y lo puede realizar de manera presencial o de manera electrónica.

Para realizar el tramite de manera electrónica siga los siguientes pasos:

  1. Ingresa a la página www.dian.gov.co
  2. Selecciona la opción Servicios a su alcance
  3. Click en Usuario Registrado
  4. Diligencia los campos requeridos
  5. Click en Actualización RUT
  6. Pulsa el botón continuar
  7. Selecciona y modifica la hoja correspondiente
  8. Click en el botón Borrador para guardar la nueva información
  9. Click en el botón Enviar
  10. Habilita el botón Formalizar y allí podrá descargar el PDF de su documento con la actualización generada.

¿Se puede consultar el RUT por cédula?

Para realizar esta consulta debe ingresar a la página www.dian.gov.co e ir hasta la sección Servicios a la ciudadania, luego ubica la opción Servicios Tributarios y da click en Consulta estado RUT allí suministra el número de documento y da click en consultar y aparece la información del RUT y su estado actual de vigencia, recuerde que con esta opción no es posible obtener una copia.

¿Es posible obtener copia del RUT de un tercero?

Es imposible obtener copia del RUT de un tercero ya que esta información es de carácter confidencial, en caso de requerirlo por temas laborales deberá solicitarlo personalmente a la empresa o persona natural en el momento de la contratación.